Reclamaron que no se persiga penalmente la tenencia de celulares en la cárcel

La Procuvin y la Fiscalía Federal N°2 de Lomas de Zamora señalaron que la sola tenencia no acredita la comisión de un delito. Contextualizaron el caso entre la gran cantidad de denuncias por la imposibilidad de acceder a un teléfono público en la cárcel.
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La Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), a cargo de Miguel Palazzani, y la Fiscalía Federal N°2 de Lomas de Zamora solicitaron el archivo de una causa penal abierta a un hombre detenido en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza porque le habían encontrado un teléfono celular en su celda. «Consideramos que el tener un artefacto necesario para sostener vínculos sociales o familiares, aunque fuere una falta disciplinaria, jamás podría ser motivo para dar inicio a un proceso penal», señalaron en su presentación el fiscal ad hoc de la Procuvin, Claudio Pandolfi, y el fiscal subrogante de esa ciudad, Sergio Mola, que asimismo recordaron la gran cantidad de habeas corpus o denuncias de personas detenidas que no pueden acceder a telefónos públicos en los penales.

La investigación se inició por un acta labrada por agentes del Servicio Penitenciario Federal el 19 de diciembre pasado. La causa fue delegada en la Fiscalía, que determinó «la existencia de un número creciente de causas similares» y, para analizar la situación, convocó a la Procuvin.

Mola y Pandolfi hicieron un estudio de los expedientes y concluyeron que «si bien los agentes intervinientes desplegaron su actividad prevencional conforme a la reglamentación sancionatoria administrativa, ello no es suficiente para originar una causa penal, la cual se activa ante la comisión de delitos o su tentativa, circunstancias tal que no es posible atribuir al tenedor de un celular por su mera tenencia». En ese sentido, sostuvieron que «lo único que ha acreditado la prevención es que el imputado poseía un celular cuyo uso no puede vincularse en forma alguna con la posible comisión de un ilícito».

Al respecto, marcaron la paradoja: «Si la mera tenencia de un teléfono celular fuese criterio para la excitación del poder punitivo, cualquier ciudadano sería pasible de ser imputado y sometido a un proceso penal en la búsqueda de algún hecho indeterminado que permita sostener una acusación».

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